Tuxpan Jalisco

Articulo 7. Los entes públicos adoptarán e implementaran, con carácter obligatorio, en el ámbito de sus respectivas competencias, las decisiones que tome el consejo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de esta Ley, dentro de los plazos que éste establezca.

 

Ley general de contabilidad gubernamental

 

Clasificadores de Presupuestarios


Manual de Contabilidad Gubernamental

 

Reglas de Registro

 

Estados Presupuestarios

 

Estados Pragmáticos


Indicadores de Postura fiscal

 

Manuales Simplificados Municipios

 

Cuenta Pública

 

Lineamientos de Control


Indicadores de Postura fiscal

 

Transparencia

 

PBR_SED

 

Otros

 

 

 


 

 

 

 

 

 

 
   

 

Portal Hidalgo 7 Col. Centro Tuxpan Jalisco Tel. 01 371 41 73539, 3714172085
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